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Nº Horas:
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Titulación:
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Salida Laboral: |
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Policia Local |
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Objetivos: |
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Metodología: |
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Programa: |
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TEMA 1. El derecho
TEMA 2. La Constitución Española de 1978
TEMA 3. La Corona
TEMA 4. Las Cortes Generales
TEMA 5. El Poder Judicial
TEMA 6. El Gobierno y la Administración
TEMA 7. La organización y administración general del Estado
TEMA 8. Organización territorial del Estado
TEMA 9. El Tribunal Constitucional
TEMA 10. La Unión Europea
TEMA 11. Los Derechos Humanos
TEMA 12. Derecho Penal
TEMA 13. Nociones de derecho procesal penal
TEMA 14. Estructura y funciones de los cuerpos y fuerzas de seguridad
TEMA 15. Estructura policial de España
TEMA 16. Especialidades del régimen del personal de la policía local
TEMA 17. Las funciones de la policía local
TEMA 18. La actividad de la policía local como policía administrativa
TEMA 19. La seguridad
TEMA 20. La Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre protección de la seguridad ciudadana
TEMA 21. Protección Civil
TEMA 22. La policía en la sociedad democrática
TEMA 23. Deontología policial
TEMA 24. El homicidio y sus formas
TEMA 25. Delitos contra el orden público
TEMA 26. Delitos contra la Administración pública
TEMA 27. Delitos contra la salud pública
TEMA 28. Medidas de protección integral contra la violencia de género
TEMA 29. Socialización: transmisión de valores en la sociedad actual
TEMA 30. Actitudes y valores sociales
TEMA 31. Inmigración
TEMA 32. La ciudad como fundamento del cambio social
TEMA 33. Drogodependencias
TEMA 34. Legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial (I)
TEMA 35. Legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial (II)
TEMA 36. Legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial (III)
TEMA 37. El transporte: regulación jurídica general
TEMA 38. Los accidentes de circulación: concepto y clases de accidentes
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Requisitos de acceso: |
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•Ser español o tener la nacionalidad española
•Edad mínima generalmente 18 años y no superar los 30 años (aunque en algunos ayuntamientos se amplía la franja de edad)
•Estatura mínima 1.70 hombres, 1.65 mujeres (generalmente aunque puede variar dependiendo del ayuntamiento)
•Certificado en ESO o equivalente en Aragón, Cataluña, País Vasco, Madrid y Ceuta, y Bachiller, FP II o equivalente en el resto de Comunidades Autónomas
•Permiso de conducir exigido en el ayuntamiento, generalmente A, B y BTP
•No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica
•No haber sido condenado por delito doloso a penas privativas de libertad mayores de tres años
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Observaciones: |
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Convocatoria:
TIPO: Concurso-Oposición
CUERPO: Policía local
ESCALA: C
SUELDO: 1400 - 2000 euros aproximadamente
CONVOCATORIA: Pendiente
EXAMEN: Pendiente
Nº DE PLAZAS: Plazas diarias
PROGRAMA: 38 temas
TIPO EXAMEN: Dependiendo de cada ayuntamiento habrán diferentes pruebas de evaluación, las más habituales son las siguientes:
•Prueba aptitudinal: Cuestionario tipo test sobre el programa y/o conocimientos cultura general
•Prueba psicotécnica: Ejercicios psicotécnicos aptitudinales y/o personalidad
•Pruebas físicas: Establecidas según cada ayuntamiento
Funciones:
Según la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad corresponde al cuerpo de Policía Local las siguientes funciones:
•Proteger a las autoridades de las corporaciones locales y vigilancia o custodia de sus edificios e instalaciones.
•Ordenar, señalizar y dirigir el tráfico en el casco urbano, de acuerdo con lo establecido en las normas de circulación
•Instruir atestados por accidente de circulación dentro del casco urbano
•Policía administrativa, en lo relativo a las Ordenanzas, Bandos y demás disposiciones municipales dentro del ámbito de su competencia.
•Participar en las funciones de Policía Judicial
•Prestar auxilio, en los casos de accidente, catástrofe o calamidad pública, participando, en la forma prevista en las Leyes, en la ejecución de los planes de Protección Civil.
•Efectuar diligencias de prevención y cuantas actuaciones tiendan a evitar la comisión de actos delictivos en el marco de colaboración establecido en las Juntas de Seguridad.
•Vigilar los espacios públicos y colaborar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y con la Policía de las Comunidades Autónomas en la protección de las manifestaciones y el mantenimiento del orden en grandes concentraciones humanas, cuando sea requerido para ello.
•Cooperar en la resolución de los conflictos privados cuando sean requeridos para ello.
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